Comunidades Energéticas: una nueva oportunidad de financiación

De nuevo y como todas las ayudas dirigidas a la economía social, las comunidades energéticas van a tener la oportunidad de beneficiarse de esta convocatoria de subvenciones para el año 2026 emitida por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 de España. Su propósito es financiar proyectos que impulsen la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible a través de iniciativas de la sociedad civil, universidades y entidades de economía social.

Recuerda que desde OPTIMENER te podemos acompañar durante todo el proceso de búsqueda de financiación de vuestra comunidad energética y si se os hace difícil presentaros podéis contratar nuestro servicio de gestión de subvenciones. Por el momento os desglosamos la información clave de estas interesantísimas ayudas.

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OBJETO

El propósito de estas ayudas es financiar proyectos que impulsen la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) a través de la incidencia política, el desarrollo de proyectos piloto, buenas prácticas, investigación científica y la generación de alianzas.


ENTIDADES BENEFICIARIAS

Pueden solicitar:

  • Asociaciones, fundaciones y otras entidades privadas sin ánimo de lucro.
  • Entidades de la economía social.
  • Universidades (públicas o privadas).
  • Organismos públicos de investigación.

*Cada entidad sólo puede participar en un único proyecto.


DOTACIÓN ECONÓMICA

Total general: 9.299.970,22 €

Tramo Importe del proyecto Presupuesto disponible
Alto Entre 60.001 € y 300.000 € 6.950.000 €
Bajo Entre 25.000 € y 60.000 € 1.349.970,22 €
Universidades Entre 25.000 € y 300.000 € 1.000.000 € (línea propia)


– El importe elegible por proyecto es de mínimo 25.000 € y máximo 300.000 €.


PLAZOS CLAVE

Presentación de solicitudes: 1 mes desde publicación en BOE: desde el 21/05/2026 hasta las 23:59 del 22/06/2026
Ejecución del proyecto: 1 año desde publicación de la Resolución de Concesión en BDNS
Resolución de concesión: Máximo 6 meses desde publicación en BOE
Justificación:



3 meses desde finalización del proyecto



COSTES SUBVENCIONABLES

El presupuesto se estructura en tres conceptos:


A) Personal

  • Retribuciones del personal vinculado al proyecto (con SS a cargo de la entidad), limitadas al Convenio Colectivo de Acción e Intervención Social +20%
  • Personal externo con contrato de arrendamiento de servicios

B) Actividades

  • Dietas y viajes del personal del proyecto (máx. 10% del total subvencionado)
  • Material fungible y suministros
  • Adquisición o alquiler de material inventariable y bibliográfico
  • Alquiler de inmuebles (distinto a la sede)
  • Inversiones en bienes inscribibles en registro público
  • Gastos financieros, asesoría jurídica/notarial, administración específica
  • Subcontratación de actividades esenciales (autorización previa obligatoria)
  • Publicidad y difusión
  • Contratos de servicios no esenciales
  • Informe de auditor ROAC (si procede)
  • Otros gastos directamente vinculados al proyecto

C) Costes indirectos

  • máx. 10% de la subvención; NO para entidades públicas
  • Gastos de funcionamiento ordinario de la entidad proporcionales al proyecto

No son subvencionables: intereses bancarios, sanciones, gastos judiciales, impuestos recuperables, actividades de miembros de junta directiva no empleados.


CRITERIOS DE VALORACIÓN

(máx. 100 puntos)

Criterio Puntos
Calidad técnica y viabilidad económica máx. 40
Experiencia y trayectoria de la entidad máx. 10
Incidencia del proyecto en la sociedad máx. 40
Colaboración y alianzas multiactor/multinivel máx. 10

– Puntuación mínima para ser beneficiaria: 50 puntos.

– La cuantía concedida se calcula con la fórmula:

  • Cuantía concedida = Importe solicitado × Puntuación obtenida / 100


FORMA DE PAGO

  • Pago anticipado (sin exigencia de garantía)
  • Por transferencia bancaria a una cuenta registrada en el Fichero Central de Terceros del Tesoro Público


DOCUMENTACIÓN PARA PRESENTAR LA SOLICITUD

Todos los documentos deben estar firmados electrónicamente y presentarse en la sede electrónica: https://siges.dsca.gob.es

Anexos obligatorios para todos:

  • Anexo I — Datos de la entidad
  • Anexo II — Memoria del proyecto (elemento esencial; no se admiten documentos alternativos)
  • Anexo III — Declaración de estar al corriente en reintegros de subvenciones
  • Anexo IV — Declaración de no estar incursa en prohibiciones del art. 13 Ley 38/2003

Solo para entidades sin ánimo de lucro (no universidades):

  • Poder bastante del firmante (en escritura pública o certificado administrativo)
  • Estatutos legalizados e inscritos en registro

DOCUMENTACIÓN PARA LA JUSTIFICACIÓN

Proyectos con subvención inferior a 60.000 €:

  • Memoria técnica (actividades, objetivos, resultados)
  • Memoria económica con desglose de gastos y justificantes de pago
  • Facturas originales vinculadas al proyecto

Proyectos con subvención igual o superior a 60.000 €:

  • Memoria técnica
  • Memoria económica abreviada
  • Informe de auditor ROAC (obligatorio), con toda la documentación justificativa

En ambos casos, los justificantes deben identificar: número de factura, expedidor, beneficiaria, descripción del gasto, IVA desglosado, fecha, forma de pago y vinculación al expediente del proyecto.


INFORMACIÓN ÚTIL

Te dejamos por aquí el formulario de contacto por si tienes cualquier duda.