Comunidades Energéticas: una nueva oportunidad de financiación
De nuevo y como todas las ayudas dirigidas a la economía social, las comunidades energéticas van a tener la oportunidad de beneficiarse de esta convocatoria de subvenciones para el año 2026 emitida por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 de España. Su propósito es financiar proyectos que impulsen la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible a través de iniciativas de la sociedad civil, universidades y entidades de economía social.
Recuerda que desde OPTIMENER te podemos acompañar durante todo el proceso de búsqueda de financiación de vuestra comunidad energética y si se os hace difícil presentaros podéis contratar nuestro servicio de gestión de subvenciones. Por el momento os desglosamos la información clave de estas interesantísimas ayudas.
OBJETO
El propósito de estas ayudas es financiar proyectos que impulsen la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) a través de la incidencia política, el desarrollo de proyectos piloto, buenas prácticas, investigación científica y la generación de alianzas.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Pueden solicitar:
- Asociaciones, fundaciones y otras entidades privadas sin ánimo de lucro.
- Entidades de la economía social.
- Universidades (públicas o privadas).
- Organismos públicos de investigación.
*Cada entidad sólo puede participar en un único proyecto.
DOTACIÓN ECONÓMICA
Total general: 9.299.970,22 €
| Tramo | Importe del proyecto | Presupuesto disponible |
| Alto | Entre 60.001 € y 300.000 € | 6.950.000 € |
| Bajo | Entre 25.000 € y 60.000 € | 1.349.970,22 € |
| Universidades | Entre 25.000 € y 300.000 € | 1.000.000 € (línea propia) |
– El importe elegible por proyecto es de mínimo 25.000 € y máximo 300.000 €.
PLAZOS CLAVE
| Presentación de solicitudes: | 1 mes desde publicación en BOE: desde el 21/05/2026 hasta las 23:59 del 22/06/2026 |
| Ejecución del proyecto: | 1 año desde publicación de la Resolución de Concesión en BDNS |
| Resolución de concesión: | Máximo 6 meses desde publicación en BOE |
| Justificación: |
3 meses desde finalización del proyecto |
COSTES SUBVENCIONABLES
El presupuesto se estructura en tres conceptos:
A) Personal
- Retribuciones del personal vinculado al proyecto (con SS a cargo de la entidad), limitadas al Convenio Colectivo de Acción e Intervención Social +20%
- Personal externo con contrato de arrendamiento de servicios
B) Actividades
- Dietas y viajes del personal del proyecto (máx. 10% del total subvencionado)
- Material fungible y suministros
- Adquisición o alquiler de material inventariable y bibliográfico
- Alquiler de inmuebles (distinto a la sede)
- Inversiones en bienes inscribibles en registro público
- Gastos financieros, asesoría jurídica/notarial, administración específica
- Subcontratación de actividades esenciales (autorización previa obligatoria)
- Publicidad y difusión
- Contratos de servicios no esenciales
- Informe de auditor ROAC (si procede)
- Otros gastos directamente vinculados al proyecto
C) Costes indirectos
- máx. 10% de la subvención; NO para entidades públicas
- Gastos de funcionamiento ordinario de la entidad proporcionales al proyecto
No son subvencionables: intereses bancarios, sanciones, gastos judiciales, impuestos recuperables, actividades de miembros de junta directiva no empleados.
CRITERIOS DE VALORACIÓN
(máx. 100 puntos)
| Criterio | Puntos |
| Calidad técnica y viabilidad económica | máx. 40 |
| Experiencia y trayectoria de la entidad | máx. 10 |
| Incidencia del proyecto en la sociedad | máx. 40 |
| Colaboración y alianzas multiactor/multinivel | máx. 10 |
– Puntuación mínima para ser beneficiaria: 50 puntos.
– La cuantía concedida se calcula con la fórmula:
- Cuantía concedida = Importe solicitado × Puntuación obtenida / 100
FORMA DE PAGO
- Pago anticipado (sin exigencia de garantía)
- Por transferencia bancaria a una cuenta registrada en el Fichero Central de Terceros del Tesoro Público
DOCUMENTACIÓN PARA PRESENTAR LA SOLICITUD
Todos los documentos deben estar firmados electrónicamente y presentarse en la sede electrónica: https://siges.dsca.gob.es
Anexos obligatorios para todos:
- Anexo I — Datos de la entidad
- Anexo II — Memoria del proyecto (elemento esencial; no se admiten documentos alternativos)
- Anexo III — Declaración de estar al corriente en reintegros de subvenciones
- Anexo IV — Declaración de no estar incursa en prohibiciones del art. 13 Ley 38/2003
Solo para entidades sin ánimo de lucro (no universidades):
- Poder bastante del firmante (en escritura pública o certificado administrativo)
- Estatutos legalizados e inscritos en registro
DOCUMENTACIÓN PARA LA JUSTIFICACIÓN
Proyectos con subvención inferior a 60.000 €:
- Memoria técnica (actividades, objetivos, resultados)
- Memoria económica con desglose de gastos y justificantes de pago
- Facturas originales vinculadas al proyecto
Proyectos con subvención igual o superior a 60.000 €:
- Memoria técnica
- Memoria económica abreviada
- Informe de auditor ROAC (obligatorio), con toda la documentación justificativa
En ambos casos, los justificantes deben identificar: número de factura, expedidor, beneficiaria, descripción del gasto, IVA desglosado, fecha, forma de pago y vinculación al expediente del proyecto.
INFORMACIÓN ÚTIL
- Sede electrónica: https://siges.dsca.gob.es
- Web de la convocatoria (anexos y modelos): https://www.dsca.gob.es/es/agenda-2030/subvenciones
Te dejamos por aquí el formulario de contacto por si tienes cualquier duda.
